5.1.- General

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   El modelo de evaluación de diagnóstico en Andalucía
Orientaciones para la evaluación de la competencia en Comunicación lingüística (lenguas extranjeras)
Orientaciones para la evaluación de la competencia Social y Ciudadana
Orientaciones para la evaluación de la competencia Cultural y artística



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La Ley Orgánica de la Educación (LOE) establece dos procesos de evaluación de diagnóstico diferentes:

  • Evaluaciones generales de diagnóstico (Art. 144.1)

    El Instituto de Evaluación y los organismos correspondientes de las administraciones educativas colaborarán en la realización de Evaluaciones Generales de Diagnóstico, de carácter muestral, que permitan obtener datos representativos, tanto del alumnado y de los centros de las Comunidades Autónomas como del conjunto del Estado. Estas evaluaciones versarán sobre las competencias básicas del currículo y se realizarán en 4º de Educación Primaria y 2º de Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
  • Evaluaciones de diagnóstico (Arts. 21 y 29)

    Todos los centros realizarán Evaluaciones de Diagnóstico, de carácter censal,… que serán competencia de las administraciones educativas y "tendrán carácter formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa".

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